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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha creado el Boletín de economía circular, que pretende constituirse en herramienta de comunicación y dinamización de la economía circular en España.

En él ​se recogerán tanto las acciones emprendidas desde la Administración General del Estado, como aquellas puestas en marcha por las comunidades autónomas, junto a proyectos innovadores y otra información relevante para el conjunto de los sectores interesados en la economía circular.

El Boletín estará disponible mensualmente en la página web del MITERD, (https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/economia-circular/otra-informacion/)

Boletín en pdf.: https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/economia-circular/boletin_julio_20200724_v2_baja_tcm30-510832.pdf

Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

El Pacto por una Economía Circular pretende fomentar la colaboración y la coordinación entre los agentes económicos y sociales y las administraciones públicas con objeto de hacer frente común a los retos medioambientales, económicos y tecnológicos de hoy en día. Desde septiembre de 2017(Adhesión al Pacto Económia Circular 2017) con la celebración de la Jornada de debate de la Estrategia Española de Economía Circular, se han adherido al Pacto un total de 359 entidades.

Los firmantes de este Pacto se comprometen al envío de indicadores escogidos por las propias entidades que permitan determinar el grado de implantación de la economía circular a lo largo de los años. Sin embargo, solo 137 de las 359 entidades han enviado sus indicadores, resultando en un total de 563 indicadores y una media de 4,11 indicadores por entidad.

Los indicadores (Ambientales, Económicos, Sociales y sus respectivas combinaciones) que han enviado las entidades firmantes del Pacto se han clasificado en los siguientes grupos según compromiso:

  • Materias Primas.
  • Ciclo de Vida y Ecodiseño.
  • Residuos y Subproductos.
  • Mejora e Innovación.
  • Consumo Sostenible.
  • Transparencia e Información.
  • Colaboración y Formación.
  • Difusión y Concienciación.

Tras el análisis de cada uno de los indicadores se pueden destacar, como buenos ejemplos, los indicadores de cálculo de la huella de carbono (kg CO2/cantidad de producto), los indicadores referidos a la prevención en la generación de residuos o de su correcta gestión (cantidad de residuos valorizados/cantidad de residuos generados), número de productos más sostenibles puestos en mercado respecto al total o facturación relacionada con la economía circular respecto al total.

Más información en I Informe de indicadores (2017-2019).pdf

Fuente:https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/economia-circular/pacto/

El nuevo Real Decreto regula las características de los vertederos y su correcta gestión y explotación, garantizando una reducción progresiva del depósito de vertidos. Para el año 2035 sólo se podrá depositar en vertedero un máximo del 10% del total de residuos municipales generados, que además deberán recibir un tratamiento previo.

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Fuente foto: ABORGASE

El Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, sustituye al aprobado en el año 2001 (Real Decreto 1481/2001), por lo que esta nueva normativa supone una revisión profunda que incorpora modificaciones que se han practicado a lo largo de estos años.

Esta normativa transpone la Directiva (UE) 2018/850, de 30 de mayo de 2018, relativa al vertido de residuos.  Dicha Directiva afirma que, a partir de 2030, los Estados miembros se esforzarán por garantizar que todos los residuos aptos para el reciclado u otro tipo de valorización, en particular los residuos municipales, no sean admitidos en vertederos, con excepción de los residuos para los cuales el depósito en un vertedero proporcione el mejor resultado medioambiental.

El objetivo del Real Decreto 646/2020 es establecer un marco jurídico y técnico adecuado para las actividades de eliminación de residuos mediante depósito en vertederos de conformidad con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados al tiempo que regula la correcta gestión y explotación de los vertederos. Pretende garantizar una reducción progresiva de los residuos depositados en vertedero, especialmente de aquellos que son aptos para su preparación para la reutilización, reciclado y valorización. Además, establece medidas y procedimientos para prevenir, reducir e impedir los efectos negativos en el medio ambiente relacionados con el vertido de residuos. Todo ello tanto durante la fase de explotación de los vertederos como una vez ha concluido la vida útil de los mismos.

De este nuevo Real Decreto, destacan los siguientes aspectos:

  • Incorpora los objetivos de reducción del vertido de residuos municipales establecidos en la Directiva (UE) 2018/850:

    En 2035 la cantidad en peso de residuos municipales vertidos se reducirá al 10%, en 2030 reducirá al 20% y en 2025 se reducirá al 40% o menos del total de residuos generados de este tipo.

  • Establece requisitos generales para todas las clases de vertedero, teniendo en cuenta ubicación, control de aguas y gestión de lixiviados, protección del suelo y de las aguas, control de gases, molestias y riesgos, estabilidad, cerramientos y almacenamiento temporal de mercurio metálico.
  • Extrema la obligación de tratamiento previo de los residuos, especificando el alcance de lo que debe entenderse por tratamiento previo de los residuos municipales. Se establecen criterios que permitan valorar la eficiencia del tratamiento de los mismos. Se propone para ello el desarrollo de una métrica basada en parámetros de clasificación, estabilización y madurez de la fracción orgánica de los residuos tratados mediante tratamiento mecánico-biológico. También se pospone la fijación de los valores límite para estos parámetros a un posterior desarrollo mediante orden ministerial.
  • Indica los residuos admisibles en cada tipo de vertedero, con la obligación de que los productores o poseedores de los residuos proporcionen a las entidades explotadoras de los vertederos información sobre las caracterizaciones básicas de los residuos, así como del tratamiento previo al que hayan sido sometidos si procede. También incluirá los residuos y tratamientos no admisibles en un vertedero. A los ya determinados por el anterior real decreto, se añade la prohibición de diluir o mezclar para cumplir los criterios de admisión y, antes del 1 de enero de 2023, determinará mediante orden ministerial una relación de residuos que, debido a que son aptos para otras opciones de tratamiento, no se aceptarán en vertedero.
  • Establece los costes de clausura, mantenimiento y control durante al menos 30 años, así como los costes debidos a la emisión de gases de efecto invernadero, cuyo método de cálculo se establecerá por orden ministerial antes de 2 años. También los costes mínimos que deberá incluir el precio por la eliminación de los residuos, los costes de establecimiento y explotación, las suscripciones de seguros o garantías financieras y fianzas.
  • Refuerza la inspección para asegurar que las operaciones se realizan de acuerdo con las condiciones de autorización. Para ello, los vertederos deberán someterse a inspecciones periódicas por las autoridades competentes, detallando el alcance de estas inspecciones y su frecuencia. Este es un punto que se añade a la regulación ya existente sobre la autorización de estas instalaciones, admisión de residuos, control, vigilancia y clausura.
  • En el contexto de la crisis sanitaria, la normativa señala que los residuos de pacientes positivos o en cuarentena por COVID-19 se deberán gestionar siguiendo las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, incluyéndolos en la bolsa de fracción resto. Dichas bolsas se depositarán exclusivamente en el contenedor de fracción resto o en cualquier otro sistema de recogida de fracción resto establecido en la entidad local. Los residuos sanitarios en contacto con COVID-19 procedentes de hospitales, ambulancias, o establecimientos similares, así como de aquellos derivados de la desinfección de instalaciones, se considerarán y gestionarán como residuos infecciosos según lo dispuesto para los mismos en la regulación autonómica sobre residuos sanitarios. Por último, en caso de que eventuales rebrotes asociados al COVID-19 hagan imposible la gestión ordinaria anteriormente mencionada, las autoridades sanitarias y medioambientales competentes de las comunidades autónomas podrán adoptar medidas de carácter excepcional.
  • Los vertederos existentes deberán solicitar la revisión de la autorización antes del 9 de julio de 2021.

En definitiva, el fin último de esta norma consiste en avanzar hacia una economía circular, y cumplir con la jerarquía de residuos y con los requisitos de eliminación establecidos en los artículos 8 y 23 de la Ley 22/2011.

Enlace a fuentes:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-7438

https://www.retema.es/noticia/publicado-el-nuevo-real-decreto-de-eliminacion-de-residuos-mediante-deposito-en-verte-RPCpt

Se establece un marco estable que permitirá a España aprovechar su potencial, en términos de generación de empleo y actividad económica, ligado a una transición energética limpia, justa, fiable y económicamente competitiva, en el contexto de la recuperación tras el COVID-19.

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Fuente foto: https://revistardenergia.com/las-energias-renovables-ahora-representan-un-tercio-de-la-capacidad-de-energia-global/

El pasado martes 23 de junio, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, aprobó un Real Decreto-ley con medidas para impulsar la transición energética hacia un sistema eléctrico 100% renovable y favorecer la reactivación económica en línea con el Pacto Verde Europeo.

Esta normativa pretende eliminar barreras para el despliegue masivo de fuentes renovables, define nuevos modelos de negocio y fomenta la eficiencia energética. Con ello, se permitirá reducir la factura de la electricidad, ya que las energías renovables son la fuente de generación más barata.

El Real Decreto-ley se divide en cuatro bloques. El primero regula un nuevo mecanismo de subastas para dotar a las renovables de un marco predecible y estable. El segundo está centrado en impulsar nuevos modelos de negocio que serán claves en los próximos años (agregación de la demanda, el almacenamiento y la hibridación para combinar diversas tecnologías). En tercer lugar, el Real Decreto-ley aborda el fomento de la eficiencia energética flexibilizando el Fondo Nacional de Eficiencia Energética; y, por último, se establecen una serie de medidas sectoriales para el impulso de la actividad económica y el empleo en respuesta a la crisis del COVID-19.

Esta normativa simplifica y agiliza la tramitación de los proyectos renovables y la infraestructura eléctrica asociada, eliminando así barreras para su puesta en marcha. Además, para impulsar la expansión del vehículo eléctrico, se otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras eléctricas asociadas a los puntos de recarga de alta capacidad, fundamentales para permitir que se abran estaciones de recarga ultra-rápida en carreteras, autovías y autopistas.

La norma también modifica la Ley de Evaluación Ambiental, garantizando la protección del medio ambiente y facilitando la tramitación de proyectos que permitan la reactivación de la economía tras la crisis que ha provocado la pandemia de la COVID-19.

En línea con este real decreto-ley, el pasado 26 de junio se inició el plazo de audiencia e información pública del proyecto de Real Decreto por el que se regula el régimen económico de energías renovables para instalaciones de generación eléctrica. Esta normativa establece un nuevo marco para futuras instalaciones renovables que se otorgará mediante subastas de la energía a entregar al sistema, la potencia instalada o una combinación de ambas. Los participantes pujarán ofertando el precio que están dispuestos a cobrar por la energía que genere la instalación.

Previamente a la celebración de una subasta, se establecerá el cupo de potencia máxima y/o energía que se subasta. Cada subasta se realizará a sobre cerrado y adjudicará el producto subastado a las ofertas de menor cuantía hasta alcanzar el cupo establecido. El precio para cada adjudicatario coincidirá con el precio por el que pujó.

El nuevo sistema de subastas de renovables pretende ofrecer previsibilidad y estabilidad de ingresos y financiación a los inversores de las nuevas plantas renovables; y, por otro lado, trasladar a los consumidores de forma directa los ahorros asociados a la incorporación de renovables al sistema eléctrico, dado que se trata de la fuente de generación de energía más barata.

Enlace a fuentes:

Fuente 1

Fuente 2

El pasado miércoles 24 de junio, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha informado en el seno del Consejo de Gobierno del inicio de los trámites del decreto por el que se aprueba este Plan Integral de Residuos de Andalucía, hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030 (PIREC) y cuyo borrador del texto está previsto que la próxima semana ya esté en información pública para la recepción de alegaciones a lo largo de dos meses.

El nuevo Plan Integral de Residuos de Andalucía prevé una inversión de casi 447,5 millones de euros durante el nuevo marco de los fondos FEDER (2020-2030) y recoge un total de 153 medidas dirigidas al ámbito municipal y al sector privado, con el objetivo de mejorar la gestión medioambiental de los desechos e impulsar la economía circular como motor de nuevas oportunidades y de generación de empleo verde, especialmente ahora que la comunidad está en plena reactivación económica y social tras el Covid-19.

Estos casi 447,5 millones de euros de inversión planificada para el marco 2020-2030 promoverá el desarrollo de la investigación en innovación en la gestión de residuos y la implantación de la economía circular a través, por ejemplo, de líneas de ayudas para la puesta en marcha de proyectos.

De esta forma continua el avance en la tramitación de esta importante herramienta para la planificación de la transición a la economía circular en nuestra comunidad que es el PIREC.

Fuentehttp://www.juntadeandalucia.es/EconomiaCircular/Residuos

Cátedra de Economía Circular. Universidad de Sevilla. Escuela Técnica Superior de Ingeniería. Camino de los Descubrimientos s/n 41092 SEVILLA Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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